IMP
imp.mx

Inicio > Especialidades > Atribuciones

Atribuciones de las Direcciones de Especialidad

 

Las Direcciones de Especialidad, en el ámbito de su competencia, tendrán las siguientes atribuciones específicas:

  1. Elaboración del programa de desarrollo de las líneas de productos de la especialidad;
  2. Definición de la estrategia tecnológica para la innovación de productos que corresponden a la especialidad;
  3. Proponer y dar seguimiento al desarrollo de nuevos productos, mejora o actualización de los existentes, así como la asimilación de tecnología de la especialidad y en su caso, realizar su mantenimiento;
  4. Identificación de oportunidades de comercialización de tecnologías, productos y servicios de la especialidad;
  5. Identificación de necesidades tecnológicas de PEMEX y su impacto sobre la oferta de investigación y servicios del Instituto;
  6. Definición del portafolio de proyectos de investigación de la especialidad, su actualización y seguimiento técnico financiero;
  7. Validar la calidad técnica de los productos y servicios proporcionados al cliente.
  8. Recepción de los resultados de investigación, para su posterior transferencia a las Direcciones Regionales, así como realizar la promoción, venta y primera aplicación;
  9. Adquirir, asimilar, adaptar o desarrollar nuevas tecnologías e incorporarlas en los productos y servicios,
  10. Promover las tecnologías, productos  y servicios de su especialidad en coordinación con las Direcciones regionales;
  11. Mantenimiento y actualización de la cartera de servicios y productos de su especialidad;
  12. Definición de los programas de desarrollo de los recursos humanos de la especialidad, considerando el punto de vista de las Direcciones Regionales;
  13. Apoyo técnico en las relaciones con los clientes, durante las etapas de promoción, venta y ejecución de los proyectos, en coordinación con las Direcciones regionales;
  14. Distribuir las cargas de trabajo y disponibilidad de los especialistas con experiencia para su balance y optimización, previo acuerdo con el Director Regional correspondiente, en el caso de personal adscrito a las regiones;
  15. Asesoría y supervisión técnica en los proyectos de la especialidad, desde la propuesta, ejecución, hasta su entrega;
  16. Alianzas técnicas, tecnológicas y comerciales con instituciones y empresas nacionales e internacionales relacionadas con la especialidad;
  17. Especificaciones de los productos y servicios correspondientes a la especialidad;
  18. Operación y desarrollo de los laboratorios que corresponden a su especialidad; y
  19. Las demás que le confiera la Dirección General y otras disposiciones legales aplicables.
 

 

Última revisión de vigencia:
Lunes, 15 Octubre, 2012 12:39 por las Direcciones de Especialidad
 

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, MÉXICO - ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2013 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD

 
 

Eje Central Lázaro Cárdenas Norte 152 Col. San Bartolo Atepehuacan,
México D.F. C.P 07730 - Tel. (52) (55)9175 6000
Comentarios sobre este Sitio Comentarios y Sugerencias sobre éste sitio de Internet